INFORMACIÓN PARA EL PROFESORADO DE RELIGIÓN

El pasado 15 de octubre de 2011, el equipo de profesores de Religión liberados de ANPE en toda Canarias mantuvo una Mesa de Trabajo con el Presidente del sindicato y nuestros Servicios Jurídicos. Después de debatir la situación en la que nos estamos encontrando “en toda Canarias”, a pesar de indicarnos la Consejería que no existe intención alguna en hacer un seguimiento especial al profesorado de Religión y a la propia especialidad, hemos decidido tomar las siguientes medidas:

1º) Informar de esta grave situación a los Comités de Empresa y a la Coordinadora del Personal Laboral de la Consejería de Educación de Canarias.

Entendemos, y así consta en la legislación vigente, que cualquier decisión que afecte al profesorado de Religión de nuestra comunidad autónoma debe ser tratada en el seno de la Coordinadora, dado que, a pesar de que este personal docente está sometido al régimen del resto del profesorado, las cuestiones que afectan a su relación laboral con la Consejería deben ser consideradas en el órgano laboral adecuado (Comités de Empresa).

2º) Elaborar un informe jurídico sobre las condiciones laborales del profesorado de Religión en la Comunidad Canaria.

Todos los miembros de la Comunidad Educativa, desde sus dirigentes hasta los claustros de profesores, deben tener en cuenta el marco normativo sobre el que se apoya la labor docente de este colectivo. No se puede dudar de la valía ni de los derechos laborales del profesorado de Religión.

3º) “Buscar salida”, si es posible vía negociación, a las situaciones irregulares que se estén produciendo:

a.- El profesorado de Religión forma parte a todos los efectos del claustro de profesores del centro. Por tal motivo, no se le puede marginar a la hora de realizar cualquier actividad extraescolar y complementaria que esté aprobada en la Programación General Anual de ese centro educativo. Puesto que se están dando algunos casos en los que se les está prohibiendo participar en dichas actividades (a instancias “verbales” del Inspector/a de la zona), recomendamos al profesorado que presente “por escrito” su reclamación, denunciando directamente a quien le prohíba llevar a cabo sus actividades profesionales cotidianas. Recomendamos al profesorado afectado que se ponga en contacto con nosotros para resolver cualquier duda o aclaración que necesite.

b.- En cuanto a los horarios, recordamos que, según la Resolución de la Ilma. Sra. Viceconsejera de Educación y Universidades por la que se dictan instrucciones para la elaboración del proyecto de gestión en los centros públicos de educación infantil y primaria de Canarias para el curso 2011-2012,  “las sesiones lectivas no podrán tener una duración inferior a 45 minutos”. Por tanto, todos debemos negarnos a impartir sesiones con un periodo inferior a los 45’ de duración.

c.- Si en el nuevo horario, con los mismos grupos que se tenían el curso pasado, se reduce las horas lectivas, se debe añadir, junto a la firma, la siguiente expresión: “No conforme. Firmo por imperativo legal”. Recordar que se dispone de 48 horas para reclamar el horario ante la dirección del centro.

d.- En cualquier caso, hay que tener en cuenta que las horas de contratación son las que están reflejadas en el contrato personal de cada profesor/a. En consecuencia, “no se debe abandonar el centro en ningún momento, por mucho que se nos invite a hacerlo”.

e.- En relación con la “exigencia” de algunos centros a enseñar el contrato de trabajo y la titulación, seguimos manteniendo los consejos publicados en nuestra página web.

Por último, queremos informar a todo el profesorado que ANPE ha realizado una consulta al Ministerio de Educación y nos indican que “desde el Ministerio de Educación no se ha pedido ningún informe  a la Comunidad Canaria”.

 

Comparte este artículo.

Copyright © 2015 ANPE CANARIAS Sindicato independiente de educación.. Todos los derechos reservados.