Como ya hemos hecho público a través de diferentes medios,  el pasado mes de noviembre ANPE CANARIAS presentó un recurso contencioso-administrativo contra el sistema utilizado por la Consejería en el procedimiento de adjudicación de destinos provisionales, en el que se obliga al profesorado a continuar en la plaza desempeñada durante el curso anterior. ANPE CANARIAS  se opone rotundamente a esta mala práctica administrativa, a través de la cual se aplica la prórroga obligatoria en el destino dentro de cada “bloque” de colectivos y no en cada uno de ellos, como indica la norma.

En este sentido, en los argumentos esgrimidos en nuestra demanda explicamos que, al menos, se debería eximir de esta “dura imposición” a quienes se había reconocido el derecho a obtener una comisión de servicios por motivos de salud o para posibilitar su conciliación de la vida laboral y familiar.

Recientemente la Administración educativa, preocupada por la consistencia jurídica de nuestro recurso, ha aceptado que, tanto  los funcionarios de carrera desplazados (colectivo 15), como los funcionarios de carrera en expectativa de destino (colectivo 26) no estén obligados a prorrogar en el destino que ocupan, aunque permanezca vacante la plaza, poniendo como condición que ANPE CANARIAS retire  la demanda.

Esta  organización sindical mantiene la exigencia de un trato igualitario para el profesorado interino en comisión de servicios por motivos de salud, así como para cuantos docentes participen en este procedimiento. Sin embargo, hasta la fecha,  la Consejería se niega a conceder este mismo derecho al profesorado interino.

ANPECANARIAS continuará solicitando la aplicación de la prórroga voluntaria a otros colectivos ya que, de no ser así, la prórroga obligatoria en el anterior destino convertiría su derecho en “papel mojado”.

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