Acción Sindical
El plazo para el reconocimiento del complemento de directores será del 2 al 21 de noviembre.
Este complemento está dirigido a los funcionarios públicos docentes que hayan ejercido el cargo de Director en los centros públicos dependientes de la Consejería de Educación y que cumplan los siguientes requisitos.
a) Haber sido nombrado para el cargo de Director de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de Participación, Evaluación y Gobierno de los centros docentes o, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación.
b) Haber ejercido, con posterioridad a dicho nombramiento, el cargo de Director, de forma continuada, durante tres años.
c) No desempeñar el cargo de Director en el momento de presentar la solicitud.
d) Permanecer en situación de servicio activo en centros públicos docentes de la Comunidad Autónoma de Canarias.e) Obtener evaluación positiva del desempeño del cargo de Director.
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