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Detalles: Categoría: Profesorado - Acción Sindical ANPE | Publicado: 07 Abril 2016 | Creado: 19 Abril 2016 | Visto: 4359

Ante las numerosas consultas que han llegado a nuestro sindicato, motivadas por diferentes informaciones contradictorias en cuanto al modo de proceder en la Declaración de la Renta, informamos de lo siguiente:

 

Según información confirmada por la Administración, no hay que hacer la declaración complementaria de la parte proporcional de la paga extra de 2012 percibida en el 2015.

En el certificado de retenciones del 2015, que podemos obtener a través de la página de la Consejería, se encuentran sumadas ambas retenciones: las del año 2015 y las de la parte proporcional de la paga extra de 2012 abonadas en diciembre de 2015.

En el certificado de retenciones podemos observar que en el cuadro correspondiente a ejercicios anteriores no vienen detallados, como ocurría en la del año 2014, los devengos y retenciones del I.R.P.F. (atrasos del ejercicio 2012), ya que vienen incluidos en los del ejercicio 2015.

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